## Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección y tratamiento de datos personales **Texto** # Contenidos ``` El pasado 27 de abril se publicó en el DOUE el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos [Ver] , por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). ``` ``` Paralelamente, y en la misma fecha, se publicaron las siguientes normas: ``` ``` Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la protección de las personas físicas en el tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos actos, por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo. ``` ``` Directiva (UE) 2016/681 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) , para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave. ``` ``` El conjunto de estas normas configuran el marco europeo de protección de datos. ``` ``` 1. Objetivos ``` ``` 2. Novedades introducidas ``` ``` 3. Entrada en vigor ``` ``` 4. Normas afectadas por la entrada en vigor del Reglamento ``` ``` 5. Dossier vLex sobre el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril ``` 1.Objetivos **a) Normas relativas a la protección de datos de las personas físicas:** – Tratamiento de los datos personales – Normas relativas a la libre circulación de datos **b) Protección de los derechos y libertades fundamentales:** – Derecho a la protección de datos personales **c) Favorecer el incremento de la economía digital:** – Garantizar la libre circulación de datos en el territorio de la UE. **d) Unificación de normativas estatales en materia de protección de datos:** – Impulso del mercado único digital 2. Novedades introducidas **Seguridad y control** ``` Las autoridades nacionales tendrán la potestad para autorizar la circulación de datos, siempre que se haya prestado un consentimiento válido por parte de las personas cuyos datos vayan a tratarse, y con especial vigilancia al principio de transparencia en la comunicación y, principio de lealtad y licitud en el tratamiento. Reforzar la seguridad en el tratamiento de datos, notificando inmediatamente de cualquier violación a la autoridad de control en el tratamiento de los mismos. ``` **Derechos para los interesados** ``` Derecho de rectificación , mediante petición del interesado al responsable del tratamiento, de datos personales. Derecho al olvido : el interesado podrá solicitar al responsable del tratamiento, la supresión de los datos personales cuando concurran los requisitos establecidos en el artículo 17. ``` **Creación de organismos** ``` Creación de un Comité Europeo de Protección de Datos , que estará formado por un representante de los 28 Estados Miembros que componen la Unión, a los cuales se les dota de independencia y capacidad de dictar decisiones jurídicamente vinculantes. Creación Delegado de Protección de datos , y de las correspondientes autoridades de control independientes de los Estados Miembros en protección de datos, sometiéndose a los principios de cooperación y ayuda mútua. ``` **Régimen sancionador** Régimen sancionador en materia administrativa, facultando a los Estados miembros la adopción por sí mismos de normas aplicables a las infracciones que no se sancionen con multas administrativas. 3. Entrada en vigor El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo entra en vigor el **24 de mayo de 2016.** Sin embargo, tal y como dispone el artículo 99 del presente Reglamento, no será aplicable hasta el **25 de mayo de 2018**. 4. Normas afectadas por la entrada en vigor del Reglamento **Directiva 95/46/CE** del Reglamento general de protección de datos, en lo que respecta de la publicación del presente Reglamento que la deroga.